Horticultura Técnica de Chile S.A. (Hortitec Chile) realiza la venta de semillas con uno exclusivo de conservación genética o souvenir, según la legislación vigente en Chile. En ningún momento busca incitar y promover el actuar en contra de la ley vigente. Así como tampoco nos haremos responsables por el uso indebido de los compradores que no utilicen las semillas con el fin de colección o preservación de genética. Toda la información presentada es únicamente educacional y obtenida de países donde es legal.
En 1961 las Naciones Unidas realizó la Convención Única sobre estupefacientes que excluye las semillas de cáñamo o cannabis de su regulación, esta fue ratificada en Chile por medio del decreto N°35, publicado en el Diario Oficial de Chile el 16 de Enero de 1968. Extracto del Art. 1 N° 1 letra B:
“Por “cannabis” se entiende las sumidades, floridas o con fruto, de la planta de la cannabis (a excepción de las semillas y las hojas no unidas a las sumidades) de las cuales no se ha extraído la resina, cualquiera que sea el nombre con que se las designe.”
Art.28: “la presente Convención no se aplicará al cultivo de la planta de cannabis destinado exclusivamente a fines industriales (fibra y semillas) u hortícolas”.
Documento completo: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=400573
Para cualquier otro uso, debe presentar por escrito y con los antecedentes exigidos por el Reglamento de la Ley N° 20.000 - Decreto N° 867, de 2007, del Ministerio del Interior. Más información aquí: http://www.sag.cl/ambitos-de-accion/solicitudes